Recomendaciones para instalaciones de desagües cloacales
- Se instalará una conexión por parcela. En caso de excepción que se deba instalar más de una unidad por parcela, se deberán unificar los desagües dentro del predio.
- El responsable de obra deberá solicitar por escrito al Departamento de Saneamiento de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos de Dionisia Ltda.. la ubicación exacta y niveles de profundidad y distancia de la conexión prevista sobre la red para la parcela a conectar.
- No está permitido conectar desagües pluviales a la instalación domiciliaria.
- Una vez realizada la conexión a la red se deberá rellenar cámara séptica y pozo absorbente para sacarlos de servicio.
- La salida de conexión deberá estar perpendicular a la línea municipal o ángulo menor a 90º.
- La cañería principal deberá estar alejada 0,80 m. del eje medianero.
- Se deberá instalar una cámara de inspección a una distancia máxima de diez (10) metros de la red colectora. Las cámaras de inspección se instalarán preferentemente en patios y deben contar con cierre hermético doble tapa; sus dimensiones mínimas deben ser de 0,60 m. x 0,60 m.; las distancias máximas entre cámaras de inspección serán de 30,00 m. y entre cámara de inspección e inodoro será de 15 m.
- Se colocará una cámara de inspección de 110 mm. instalada entre línea municipal y red colectora, a una distancia máxima de 0,50 m. y mínima de 0,40 m. de línea municipal.
- Se deberá contar con cierres hidráulicos en cada artefacto y en cada conexión con las cañerías principal y secundaria.
- Se instalará una ventilación mínima de 100 mm de diámetro a los cuatro vientos, en el punto más alto de la cañería.
- El material de la cañería será PVC, aprobado por IRAM ; el diámetro mínimo de la cañería principal será de 110 mm y el de la cañería secundaria será de 37,5 mm.
- La pendiente mínima de la cañería será de 1,5 cm. por metro y la máxima de 5 cm. por metro.
- La tapada mínima de cañería será de 0,40 m. y en acceso de vehículos se deberá construir una protección de hormigón armado.
- Para la determinación de las descargas límites admisibles se ha tomado como base la Resolución A.G.O.S.B.A. Nº 287/90.
- Los afluentes que sean evacuados por camiones atmosféricos deberán ajustarse a estos límites admisibles.